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¿Cómo y cuándo se vota por correo en las elecciones del 28M?

Si tenéis pensado o estáis obligados a votar por correo, aquí una sencilla guía con los plazos a cumplir para que el sufragio sea válido.
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Foto de archivo: EFE

Se acerca la fecha electoral del 28 de mayo, elecciones municipales y forales en Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra. Si tenéis pensado o estáis obligados a votar por correo, aquí una sencilla guía con los plazos a cumplir para que el sufragio emitido sea válido.

En caso de ser residentes en el Estado español (CER y CERE)

- Del 4 de abril al 18 de mayo solicitará votar por correo utilizando un impreso descargable en la web del INE (Instituto Nacional de Estadística) o disponible en Correos. En ambos casos el impreso cumplimentado deberá presentarse en cualquier oficina de Correos. El personal funcionario de Correos encargado de recibirla le exigirá la exhibición de su documento original acreditativo de identidad y comprobará la coincidencia de la firma.

- Del 8 al 21 de mayo recibirá la documentación e instrucciones para votar por correo en el domicilio señalado en la solicitud.

- Del 8 al 24 de mayo enviará su voto por correo certificado a la mesa electoral en el plazo, que es susceptible de ampliación por Acuerdo de la Junta Electoral Central.

En caso de ser residentes temporalmente en el extranjero (ERTA)

- A partir del 4 de abril se inscribirá como "no residente" en el Registro de Matrícula Consular de España más próximo a su domicilio temporal.

- Del 4 al 29 de abril solicitará el voto en el Consulado en el que figura como no residente utilizando un impreso descargable en la web del Ministerio de Interior o disponible en las Oficinas o Secciones Consulares. La solicitud cumplimentada deberá entregarse personalmente en dichas oficinas o secciones y el funcionario consular, previa identificación de la persona interesada, verificará su inscripción en el Registro de Matrícula Consular como no residente y la coincidencia de la firma.

- Del 2 al 8 de mayo recibirá la documentación e instrucciones para votar por correo en el domicilio en el extranjero señalado en la solicitud.

- Del 2 al 24 de mayo enviará su voto por correo certificado a la Mesa electoral en el plazo, susceptible de ampliación por Acuerdo de la Junta Electoral Central.

 

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