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La Audiencia Nacional avala que García-Castellón siga investigando a 'Tsunami Democràtic' por terrorismo

El 29 de febrero el Supremo abrió causa para investigar a Puigdemont así como a otros aforados por "terrorismo" por el 'caso Tsunami Democratic' y derivó a la AN la competencia para investigar a los no aforados. La Fiscalía defendía que todas las causas fueran enviadas a los juzgados catalanes.
El juez García Castellón en una captura de imagen de un vídeo de EITB Media.
El juez García Castellón en una captura de imagen de un vídeo de EITB Media.

La Audiencia Nacional ha avalado el auto del juez de 'Tsunami Democràtic', Manuel García Castellón, que consideraba que los hechos atribuibles a la plataforma encajaban en el delito del terrorismo. Rechaza así el recurso del fiscal Miguel Ángel Carballo que consideró que se trataban en todo caso de desórdenes públicos y que debía enviarse el asunto a los juzgados de Cataluña.

En su auto, la Sala de lo Penal basa su negativa al recurso de la Fiscalía en los argumentos esgrimidos en el auto del Tribunal Supremo del pasado 29 de febrero en el que asumió la causa de 'Tsunami' por diversos delitos, entre ellos el de terrorismo, contra los aforados en este procedimiento, el eurodiputado y expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el diputado autonómico catalán Ruben Wagensberg, mientras que mantenía en la AN la competencia para investigar a los no aforados.

En este sentido, recuerda que la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que los Juzgados Centrales de Instrucción y la Audiencia Nacional "continuarán conociendo de la instrucción y enjuiciamiento de las causas por delitos cometidos por personas integradas en bandas armadas o relacionadas con elementos terroristas o rebeldes cuando la comisión del delito contribuya a su actividad, y por quienes de cualquier modo cooperen o colaboren con la actuación de aquellos grupos o individuos así como de los delitos conexos con los anteriores".

Así, recuerda que el auto del juez instructor describe unos hechos que "no se limitan a los incidentes ocurridos en el aeropuerto de El Prat el 14 de octubre de 2019 y en el bloqueo del paso fronterizo de la Junquera en la autopista AP 7 los días 11 a 13 de noviembre de 2019".

E insiste el tribunal que "sobre la naturaleza y calificación jurídica de estos hechos se ha pronunciado el Tribunal Supremo en el Auto de 29 de febrero de 2024", para luego recoger parte de la resolución del Alto Tribunal.

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