El juez Manuel García Castellón archiva el 'caso Tsunami Democràtic' tras la decisión de la Audiencia Nacional
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha archivado la causa de 'Tsunami Democràtic' en la que figuraban diez personas investigadas, entre ellas la exsecretaria general de ERC Marta Rovira.
El magistrado adopta esta decisión tras conocer el auto de la Sala de lo Penal que invalida todas las diligencias acordadas por el instructor en los últimos tres años porque el juzgado prorrogó la investigación el 30 de julio de 2021, 24 horas fuera de plazo.
El magistrado acuerda también remitir testimonio de su resolución a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y a la Sala Segunda del Tribunal Supremo "para su unión y demás efectos que procedan en su procedimiento de causa especial" en la que está investigado por terrorismo el expresidente catalán Carles Puigdemont y el diputado de ERC Rubén Wagensberg.
En su auto, el juez entiende que con la decisión de la Sala de lo Penal lo que procede es el archivo de la causa, dado que, según él mismo recuerda, no se ha tomado declaración a las personas investigadas en esta causa en fechas anteriores al límite temporal de julio de 2021 que ha fijado la referida Sala.
Para el instructor, estas diligencias incluyen hechos que son susceptibles "de manera inequívoca" de un delito de terrorismo, pero con el pronunciamiento de la Sala asume que no existen motivos suficientes para atribuir la comisión de esos delitos a los investigados.
Horas antes, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional había estimado el recurso de una de las investigadas en la causa de 'Tsunami Democràtic', Marta Molina, y ha declarado la invalidez de todas las diligencias que el juez instructor Manuel García Castellón acordó con posterioridad al 29 de julio de 2021, fecha en la que dictó un auto de prórroga de seis meses de la investigación.
En un auto, el tribunal da la razón a la recurrente al considerar que la prórroga fue "extemporánea" y ordena al magistrado que dicte la resolución establecida en el artículo 779 de la Ley de enjuiciamiento Criminal, según el cual el instructor debe decidir si continúa con la causa o dicta el sobreseimiento y para ello, se tendrá que basar solamente en las diligencias acordadas antes del 29 de julio de 2021.
La Sala da la razón a la recurrente cuando señala que la prórroga que dispone el auto de 30 de julio de 2021 del juez instructor es "extemporánea".
El juzgado consideraba que el plazo de instrucción no llegó a expirar por el auto de 30 de julio de 2021 en el que acordó la prórroga y le "dio continuidad sin que se produjese interrupción alguna".
Sin embargo, para la Sala de lo Penal este razonamiento del instructor resulta contradictorio. "No cabe sostener sin detrimento de la congruencia, que un plazo finaliza el 29 de julio de 2021 y también que no ha finalizado el día 30 siguiente. Aunque ambos hechos, la expiración y su prórroga sean cercanos –-están separados por menos de 24 horas-- es palmario que lo primero se había producido cuando se acordó lo segundo", dice.
El presidente de la Generalitat de Cataluña en funciones, Pere Aragonès, ha escrito que el archivo del caso debe suponer "el punto final del sufrimiento y la angustia infringida a tanta gente". El presidente catalán ha expresado "una alegría inmensa por todos los compañeros que recuperan sus derechos".
La expresidenta del Parlament, Laura Borràs, ha expresado su satisfacción porque "se acaba el delirio de un Tsunami que fue cívico, pacífico y democrático y no terrorismo". "Demasiados jueces -ha escrito en las redes sociales- han querido interpretar el Código Penal para ajustarlo a los hechos que les convinieran, pero incluso las insensateces judiciales en nombre de la unidad de España tienen un límite".
La entidad independentista Assemblea Nacional Catalana (ANC), por su parte, señala el "alivio" para muchos encausados por la corrección de un "error", pero alerta que "siguen dependiendo de una justicia española que prevarica y se inventa delitos de terrorismo".
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