CASO KOLDO
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Estos son los indicios que ve el juez para creer que Santos Cerdán participó “en los hechos que se le atribuyen”

El juez Leopoldo Puente opina que el exdirigente socialista era "quien se encargaba de reclamar a las constructoras" las cantidades adeudadas, "las recaudaba y las hacia llegar después" a Ábalos y Koldo García, con quienes tendría un "relación vertical" de "cierta preeminencia".

MADRID, 30/06/2025.- Vista del furgón de la Guardia Civil en el que el exdirigente del PSOE Santos Cerdán ha ingresado en la cárcel madrileña de Soto del Real después de que el juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente haya acordado el ingreso en prisión comunicada al considerar que tuvo "específico papel" en la trama del llamado caso Koldo. EFE/Daniel González
Santos Cerdán ha ingresado en la cárcel de Soto del Real. Foto: EFE.

El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha decretado el ingreso en prisión comunicada y sin fianza para el exdirigente del PSOE Santos Cerdán, tras tomarle declaración este lunes. En el auto que decreta su prisión, el juez presenta como principal razón de ello “el peligro fundado de que el mismo pudiera proceder a la ocultación, destrucción o alteración de fuentes de prueba relevantes para un futuro enjuiciamiento”.

En cuanto a los indicios por los que considera “siempre en términos indiciarios” que “Cerdán pudiera haber participado en los graves hechos que se le atribuyen”, el juez menciona “las explícitas conversaciones” encontradas en posesión de Koldo García.

Según el juez, resultan ser “bastantes para considerar indiciariamente justificada su participación en los hechos” y cuyo “inequívoco contenido” el exdirigente socialista no ha cuestionado en su declaración de este lunes, sino que ha señalado que no recuerda haberlas mantenido.

El juez cree que esas grabaciones muestran también “la posición” de Santos Cerdán en la trama que presuntamente, "interactuaba con las empresas" adjudicatarias, se comprometía a reclamar los pagos, y los distribuía.

Por otra parte, el magistrado destaca también el contrato privado de compraventa por el que Cerdán obtuvo participaciones sociales de la empresa Servinabar, así como algunos correos electrónicos que, “evidenciarían que Cerdán disponía de una cierta capacidad de administración” de esta empresa. 

Servinabar formó una Unión Temporal de Empresas (UTE) con Acciona durante un tiempo. Así, el magistrado da importancia al total de obras adjudicadas a Acciona, de unos 537,2 millones de euros.

HIPÓTESIS DEL JUEZ

“Más personas físicas o jurídicas pueden haberse lucrado con las adjudicaciones”

El juez sostiene además que "el botín indiciariamente obtenido" por Ábalos y García "se sitúa en torno a un millón de euros”, y asegura que es “un porcentaje insólitamente mínimo en el marco de estas operaciones”.  

Por lo tanto, lanza la siguiente hipótesis: "si el importe del premio económico por la indebida adjudicación de las obras hubiera constituido un 1 % del valor de las adjudicaciones, dicho premio equivaldría a una cantidad superior a los cinco millones de euros, varias veces mayor que la parte que indiciariamente correspondía a Ábalos y García". Y ello lleva al juez a afirmar que “refuerza, siempre en los términos indiciarios tantas veces señalados, la idea de que más personas, físicas o jurídicas, además de Ábalos, García y Cerdán, pudieran haberse lucrado con las tan mencionadas adjudicaciones".

Puente también apunta los mensajes de texto que intercambiaron Ábalos y García con Santos Cerdán cuando Ábalos fue Ministro de Transportes, “aconsejando o desaconsejando determinados nombramientos” que “después podrían haber tenido intervención activa en las adjudicaciones”.

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