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El juez del Supremo propone juzgar al exministro Ábalos por organización criminal en el 'caso Koldo'

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha dictado auto de procedimiento abreviado contra el exministro de Transportes por los contratos irregulares de mascarillas durante la pandemia de la covid, hechos provisionalmente calificados como cohecho, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

El exministro de Transportes José Luis Ábalos, en una imagen de archivo. Foto: EFE

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha dictado hoy auto de procedimiento abreviado contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos, el exasesor del anterior Koldo García Izaguirre, y el empresario Víctor de Aldama, en la pieza inicial en la que se ha investigado, entre otros asuntos, los contratos irregulares de mascarillas durante la pandemia de la covid, hechos provisionalmente calificados como cohecho, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

En su auto, el instructor da traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la representación de las acusaciones populares para que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

Beneficiarse de la adjudicación de contratos

El instructor considera que los tres "se concertaron, muy poco después de tomar posesión el primero de su cargo como ministro del Gobierno de España, para, aprovechando esa circunstancia y la natural influencia que proyectaba, beneficiarse económicamente de la adjudicación de contratos que pudieran realizarse en el ámbito de la Administración Pública, así como para aprovechar en su beneficio económico cuantas oportunidades se les pudieran presentar de hacerlo valiéndose de dicha valiosa influencia".

 Ahora, el instructor sostiene que "existen muy consistentes indicios, a partir de los hechos que se declaran como indiciariamente justificados, de que De Aldama hizo entregas de sucesivas cantidades de dinero a los también investigados José Luis Ábalos y Koldo García, al fin y con el propósito de que por los mismos se efectuaran actos contrarios a los deberes inherentes a sus respectivos cargos públicos".
   
De igual forma, asegura que también hay indicios de que Ábalos y Koldo "recibieron dichas retribuciones económicas, en ejecución del proyecto delictivo que a todos les unía, y como contraprestación a dichas conductas desleales".
   
Según Puente, en esta presunta trama De Aldama estaba encargado de "la localización de las empresas o particulares que estuvieran dispuestas a satisfacer los pagos correspondientes para contactar o contratar con la Administración, obteniendo por ello un beneficio económico para sí".
   
Por su parte, señala que Koldo, "aprovechando su condición de asesor del ministro y la confianza absoluta de éste (que el conocimiento por el mismo de los planes del grupo le proporcionaba) se encargaba de realizar las gestiones ordinarias oportunas que, en cada caso, resultaran precisas; reservándose la intervención personal del ministro para cuando su firma o su directa influencia fueran indispensables". 

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