Caso Plus Ultra
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El juez imputa a las hijas de Zapatero y a su secretaria

El magistrado ha tomado la decisión a instancias de la Fiscalía Anticorrupción; según indica, pretende que así puedan ejercer su derecho a la defensa.

MADRID, 17/06/2026.- El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, llega a la Audiencia Nacional para declarar como investigado por organización criminal, tráfico de influencias y falsedad en la causa sobre el préstamo a la compañía aérea Plus Ultra. EFE/ J.J.Guillen

Rodríguez Zapatero, a las puertas de la Audiencia Nacional. Foto: J. J. Guillen 

Nueva vuelta de tuerca al caso Plus Ultra. El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado poner las actuaciones judiciales de este caso en conocimiento de las hijas del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, Alba y Laura Rodríguez Espinosa, así como de su secretaria, Gertrudis Alcázar. Este paso busca que puedan personarse en el procedimiento en calidad de investigadas, para así poder ejercer su derecho de defensa.

El magistrado toma esta decisión a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, que en un escrito del martes pasado pidió a Calama que tomase declaración a las hijas y a la secretaria del expresidente del Gobierno en calidad de investigadas.

En el auto en el que acuerda estas diligencias, el instructor indica que en una resolución aparte se señalará la declaración de las tres.

Administradoras solidarias

En relación con las hijas, Calama recuerda lo expuesto en el auto del pasado 18 de mayo en el que se acordaron una serie de entradas y registros, entre ellos en la mercantil Whathefav, de las que ambas son administradoras solidarias.

En este sentido, el juez argumenta que tanto Alba como Laura son administradoras formales de dicha mercantil, cuya operativa aparece vinculada indiciariamente al entramado investigado, lo que determina, por sí mismo, la procedencia de su citación en calidad de investigadas.

Según recoge el auto, se trata de una sociedad con un papel instrumental en la canalización u ocultación de operaciones.

“La investigación atribuye a dicha sociedad un papel instrumental en la canalización, ocultación o facilitación de operaciones relevantes para los hechos objeto del procedimiento, y esa mera constatación objetiva sitúa a sus administradoras en el círculo de personas potencialmente afectadas por la imputación, en cuanto titular de la representación orgánica y responsable de la dirección jurídica de la entidad”, explica.

Indicios racionales

El juez recuerda que la citación en calidad de investigado no exige la existencia de un cuadro probatorio cerrado ni la acreditación plena del elemento subjetivo del delito, sino únicamente la concurrencia de indicios racionales de participación, incluso meramente indiciaria o por posición, cuando la persona ostenta un rol jurídico que la conecta de manera directa con los hechos.

En el caso de administradores de sociedades presuntamente instrumentales, como es el caso, apunta Calama, “la conexión deriva de la propia estructura societaria: quien ostenta la representación formal es, ex lege, el responsable de la actuación de la persona jurídica y de la adopción de decisiones que permiten o facilitan su operativa”. Así, la declaración como investigadas es la única vía compatible con las garantías constitucionales.

Según han explicado en una nota de prensa, para el juez, desde esta perspectiva, la citación en calidad de investigadas de Alba y Laura Rodríguez Espinosa constituye la única vía compatible con las garantías constitucionales del artículo 24 de la Constitución Española.

“Llamarlas en calidad de testigos resultaría incompatible con su posición procesal potencialmente afectada, pues les impondría el deber de decir verdad y la prohibición de reservarse información, comprometiendo de forma irreversible su derecho a no declarar contra sí mismas y a no confesarse culpables”, recoge.

El magistrado subraya que la citación de Alba y Laura Rodríguez Espinosa como investigadas no solo es jurídicamente posible, sino necesaria para preservar sus derechos fundamentales y para garantizar la validez de las diligencias.

El caso de Gertrudis Alcázar

En cuanto a la secretaria del expresidente del Gobierno, Gertrudis Alcázar, el magistrado recuerda los indicios de su participación directa en los que hechos, tal y  como fueron expuestos en el auto de registro del 18 de mayo, lo que justifica su llamada al proceso penal como investigada.

En su auto, el juez rechaza la mayoría de las diligencias propuestas por la acusación popular unificada y la de Rodríguez Zapatero, sin perjuicio de que según avance la investigación pudiera valorarse su pertinencia, utilidad y necesidad.

El expresidente del Gobierno había solicitado complementar y ampliar el auto de 5 de junio con el fin de extender el objeto de la solicitud de cooperación a Estados Unidos para que remitiera determinada información y documentación.

El juez argumenta que, mientras no se reciba contestación al instrumento de cooperación jurídica internacional ya acordado, no es posible efectuar una valoración fundada sobre la necesidad o procedencia de los extremos cuya ampliación se solicita, pues dicha apreciación depende directamente del contenido de la respuesta que se encuentra pendiente.

Calama rechaza igualmente las diligencias solicitadas por la acusación popular unificada, entre ellas la citación como investigados del exministro de Transportes José Luis Ábalos, de su asesor Koldo García o la de Pedro Saura como testigo.

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