Banco Santander, condenado a devolver 50.000 euros de aportes de Fagor
Un juzgado de Barakaldo, Bizkaia, ha condenado a Banco Santander a devolver 50.000 euros a un matrimonio que compró aportaciones subordinadas de Fagor Electrodomésticos a través de esta entidad sin que fuera informada del riesgo que asumía.
En el fallo, difundido hoy, también se declara la nulidad "por error en el consentimiento" del contrato suscrito entre el citado banco y la pareja en julio de 2006.
Según la resolución, dicho contrato "carece de un encabezamiento que indique el nombre del producto, solo se hace constar el órgano emisor Fagor, el nominal, y la fecha de inicio y la fecha de vencimiento, que resulta ser falsa", ya que era perpetua.
"No contiene ni una mínima parte de las características que debe tener un contrato, habiéndose omitido las más esenciales, como aquellas que puedan perjudicar al cliente", según se destaca en la sentencia.
También se alude al "deber de buena fe" en la información cuando un contrato es complejo y presenta importantes riesgos económicos para el cliente y se afirma que "la deslealtad de una parte no se evapora por la actitud ingenua o confiada del afectado".
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