Claves de la nueva Ley por el Derecho de la Vivienda
El pleno del Senado ha aprobado hoy, miércoles, el proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda. Esta permitirá a las comunidades y ayuntamientos limitar los precios del alquiler.
La nueva medida ha sido fruto de un pacto entre el PSOE, Unidas Podemos, ERC y EH Bildu. Ha salido adelante en la cámara alta sin modificaciones en el texto que llegó del Congreso y con los votos a favor del PSOE, ERC, EH Bildu y partidos de la Izquierda Confederal (134 votos a favor, 117 en contra y un abstención). En contra han votado, entre otros, el PP, PNV, Junts per Catalunya, Cs, Vox y UPN.

Principales medidas
He aquí un listado de las principales medidas que incluirá esta nueva ley:
- La limitación para los precios de alquiler
Las comunidades autónomas podrán declarar un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionado, por tres años prorrogables anualmente. Esto se podrá llevar a cabo siempre y cuando el coste medio de la hipoteca o alquiler (más gastos y suministros básicos) supere el 30 % de la renta media, o que el precio haya aumentado al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores.
Los grandes tenedores de vivienda en zona tensionada deberán fijar la renta en función del sistema de índices de precios de referencia, mientras que el resto de propietarios de esas zonas no podrán subir los precios de los contratos vigentes durante tres años. Cabe recordar, que la ley establece como "gran tenedor" como aquel propietario de diez o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados, y de cinco o más si los inmuebles están en zona tensionada.
- Incentivos fiscales a los arrendadores
La desgravación en el IRPF por rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual pasa a ser del 50 %, pero se modula hasta el 90 % en las zonas tensionadas. En cambio, Para nuevos alquileres de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años, la reducción es del 70 %, mientras que para viviendas protegidas y para casas rehabilitadas en los dos últimos años es del 60 %.
- Se elimina el índice de precios de consumo (IPC), como índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos.
- Se fija un tope extraordinario del 3 % de subida, en la actualización de todos los alquileres para 2024.
- Nuevo índice para la actualización anual de precios
Antes del 31 de diciembre de 2024, el INE definirá un nuevo índice para la actualización anual de precios que no superará el IPC.
- Los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato correrán a partir de ahora a cargo del arrendador
- Se prohíben los desahucios sin fecha y hora.
- Los ayuntamientos podrán aplicar recargos a las casas que permanezcan desocupadas
Concretamente, un recargo del 50 % en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los permanezcan desocupados sin justificación más de dos años, del 100 % si están vacíos más de tres años y del 150 % si el propietario tiene varios inmuebles desocupados en el mismo término municipal.
- Cambios para incrementar el parque de vivienda protegida en alquiler
Se establece la reserva del 40 % del suelo urbanizable y del 20 % en suelo urbano no consolidado.
- Se crea junto a la vivienda protegida la figura de la vivienda asequible incentivada
Será aquella de titularidad privada con beneficios urbanísticos y fiscales destinada al alquiler a precios reducidos.
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