Relatores de la ONU: "Israel violó el Derecho Internacional con su bombardeo al Consulado de Irán en Siria"
Relatores de Naciones Unidas han afirmado este martes que Israel violó el Derecho Internacional con su bombardeo del 1 de abril contra el Consulado de Irán en la capital de Siria, Damasco, en el que mató a siete miembros de la Guardia Revolucionaria. Dicho ataque llevó a Teherán a responder el sábado con un ataque con drones y misiles contra territorio israelí.
"Todos los países tienen prohibido privar de forma arbitraria a personas de su derecho a la vida en operaciones militares en el extranjero, también en operaciones contra el terrorismo", ha dicho, antes de insistir en que "los asesinatos en territorio extranjero son arbitrarios cuando no están autorizados por el Derecho Internacional".
Así, han argumentado que Israel no parece haber llevado a cabo un ataque en defensa propia debido a que no ha presentado pruebas de que Irán estuviera cometiendo un "ataque armado" y han incidido en que las autoridades israelíes no han presentado justificación legal para el bombardeo o informe del mismo al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, tal y como requiere el artículo 51 de la Carta de la ONU.
"Por ello, el ataque de Israel violó la prohibición sobre el uso de fuerza armada contra otro Estado bajo el artículo 2(4) de la Carta", han explicado, al tiempo que han recalcado que "la fuerza ilegal no fue usada sólo contra Fuerzas Armadas iraníes, sino también contra territorio sirio".
En este sentido, han recordado que "el ataque israelí fue lanzado parcialmente desde los Altos del Golán, que es un territorio sirio anexionado ilegalmente" y han subrayado que los implicados en el ataque podrían haber cometido crímenes también bajo un tratado internacional contra el terrorismo que data de 1971.
"Es un delito atacar violentamente las instalaciones oficiales o el alojamiento privado de un diplomático en el que es probable ponerle en peligro. Irán, Israel y Siria son parte de este tratado y tienen jurisdicción penal sobre este tipo de delitos", han manifestado.
Por otra parte, han manifestado que la respuesta por parte de Irán supone también un uso prohibido de la fuerza bajo el Derecho Internacional y han argüido que, si bien el bombardeo del 1 de abril fue suficientemente grave como para ser calificado de "ataque armado", Teherán no tenía derecho a la defensa propia el 13 de abril, ya que el ataque había terminado.
Así, ha reseñado que la defensa propia sólo es legal cuando es necesaria para detener un ataque en marcha y han añadido que "la respuesta por la fuerza, el castigo o la disuasión son ilegales", al tiempo que han abundado que, de esta misma forma, el derecho inicial a la defensa propia tras los ataques del 13 de abril ya han concluido, una vez los mismos fueron repelidos.
"Estos ataques en respuesta violan la soberanía estatal y representan una grave escalada del conflicto en una región que ya se encuentra en el fijo de la navaja", han advertido.
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