Decisión del TC
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El Estado podrá fijar un tratamiento análogo del castellano y el euskera en las aulas

El Gobierno Vasco consideraba un "exceso del Estado" al "invadir" la competencia en materia de educación de la CAV por imponer un "tratamiento análogo" del euskera y el castellano en Primaria.
Alumnos en clase. Imagen sacada de un video de ETB.
Alumnos en clase. Imagen sacada de un video de ETB.

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado un conflicto de competencias planteado por el Gobierno Vasco contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) por lo que consideraba un "exceso del Estado" al "invadir" la competencia en materia de educación de la Comunidad Autónoma Vasca por imponer un "tratamiento análogo" del euskera a la de la lengua castellana en los cursos de Primaria.

En el escrito presentado por el Gobierno Vasco en 2014 contra la LOMCE, que fue aprobado un año antes con la mayoría del Partido Popular, argumentaba que la también denominada 'Ley Wert' dejaba "el margen de la CAV para definir contenidos" en "inexistente", y calificaba como "injerencia" que impusiera un "tratamiento análogo" de la lengua cooficial, en este caso el euskera, al de la lengua castellana.

"Es la comunidad autónoma, en ejercicio de su competencia exclusiva para regular la presencia del euskera, a quien corresponde determinar las medidas de política lingüística tendentes a corregir situaciones históricas de desequilibrio de una de las lenguas oficiales respecto de la otra", se exponía en el escrito presentado por el Gobierno Vasco.

En su demanda, el Ejecutivo Vasco alude a que la LOMCE regula los concretos contenidos comunes de las asignaturas troncales "de forma exhaustiva" con "una concepción agotadora de lo básico" que "vacía la competencia de las Comunidades Autónomas".

"El Estado debe limitarse a garantizar el conocimiento de la lengua castellana pues lo relativo a la lengua cooficial corresponde a la Comunidad Autónoma, de manera que, al regularla, el Estado se extralimita competencialmente", detalla la demanda.

Sin embargo, el TC desestima el conflicto planteado por el Gobierno Vasco al entender que "la demanda parte de una premisa que no puede sostenerse, conforme a la doctrina constitucional, como es que la Comunidad Autónoma es la única competente para regular la enseñanza de la lengua cooficial".

En ese sentido, el TC defiende que no se incurre "en la vulneración competencial que se denuncia" al existir en la LOMCE "una previsión mínima acerca del tratamiento del área 'Lengua Cooficial y Literatura' en relación con el de 'Lengua Castellana y Literatura", una previsión, según el tribunal, que se dirige a evitar situaciones de desigualdad en la enseñanza de las dos lenguas cooficiales.

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