Permitida la movilidad entre comunidades para reuniones familiares en Navidad
El Gobierno español y las comunidades autónomas han acordado este miércoles, en el seno de Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), limitar la entrada y salida en las comunidades y ciudades autónomas entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, así como un máximo de 10 personas -incluyendo niños- en las reuniones familiares, salvo que se trate de personas que viven en el mismo domicilio y que no se superen dos grupos de convivencia como máximo.
Además, y según se establece en el 'Adopción de Medidas de Salud Pública para la covid-19 para la celebración de las fiestas navideñas', se ha acordado fijar el toque de queda a las 01:30 horas los días 24 y 31 de diciembre, Nochebuena y Nochevieja, si bien sólo para regresar al domicilio y nunca para desplazarse a otros encuentros sociales.
En concreto, en el documento se señala que en el periodo de las Navidades, las comunidades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida en estos territorios, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los motivos previstos en dicho artículo, así como para los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean aplicables.
No obstante, y a la vista de la evolución de la situación epidemiológica, las comunidades podrán establecer que esta última salvedad, relativa a los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado, únicamente resulte aplicable en días determinados.
En aquellos casos en que los residentes de centros residenciales sociosanitarios realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, éstas quedarán restringidas a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable. Además, a su reingreso se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.
Eventos navideños y hostelería
Respecto a los eventos de navidad, en el plan se prohíbe entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, la celebración de actos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de 'Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por la covid-19'.
Asimismo, se recomienda la celebración de actividades en las que se puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas de reyes estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.
En este punto, se ha suprimido la recomendación de realizar la maratón de 'San Silvestre', reflejada en el primer borrador, y se prohíbe la celebración de los grandes eventos deportivos, aconsejando realizarlos de forma virtual.
Asimismo, las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente. Cuando sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.
En relación a las ceremonias religiosas en espacios cerrados, se podrán seguir celebrando de acuerdo a las normas de aforo establecidas en cada comunidad autónoma, si bien se aconseja evitar cánticos y utilizar música pregrabada. También se deberán evitar las muestras físicas de devoción o tradición.
La celebración de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, el documento señala que "no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno", y se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.
Respecto a la hostelería, el plan señala que seguirán con las mismas normas de aforo y prevención, así como con el resto de restricciones vigentes en cada comunidad autónoma, si bien se insiste en la importancia de garantizar una adecuada ventilación mecánica o natural en los interiores, así como reforzar la necesidad de utilizar mascarilla cuando no se esté comiendo o bebiendo.
Otras recomendaciones
Además, el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas recomiendan a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales. Asimismo, los comercios y calles comerciales deberán respetar el aforo previsto en su región, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.
Durante el periodo navideño, el documento destaca la necesidad de que las administraciones competentes aumenten la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla. Siempre que sea posible, se recomendará realizar los desplazamientos en transporte al aire libre.
Finalmente, se recomienda a los estudiantes que regresan a casa para las vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes, y una vez en el domicilio, limitar contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.
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