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Los viajeros extracomunitarios pueden entrar en el Estado español con un test negativo desde este sábado

Los viajeros que entren en el país por las fronteras aéreas o marítimas tendrán que presentar alguno de estos tres certificados: de vacunación, de recuperación o una prueba negativa.
Aeropuerto de Madrid. Foto de archivo: EFE
Aeropuerto de Madrid. Foto de archivo: EFE

Los viajeros procedentes de países extracomunitarios pueden entrar en el Estado español con un test negativo de covid-19 desde este sábado, según la orden del Ministerio del Interior que flexibiliza los requisitos y que ha sido publicada en el último Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según la orden, los viajeros que entren en España por las fronteras aéreas o marítimas, sea cual sea su lugar de origen, tendrán que presentar alguno de estos tres certificados: de vacunación, de recuperación (expedido como mínimo 11 días después de la confirmación de la infección, con validez de 180 días), o una prueba negativa (PCR o similar realizada en las 72 horas previas a la salida a España o antígenos hecha en las 24 horas previas).

Además, los menores de 12 años estarán exentos de presentar ningún tipo de certificado. Asimismo, los pasajeros que lleguen por vía marítima y aérea provistos de un certificado covid digital de la UE o reconocido como equivalente por la Comisión Europea, no tendrán que cumplimentar el Formulario de Control Sanitario SPTH.

Así, España ya no exige el certificado de vacunación contra la covid-19 a los turistas extracomunitarios, equiparando los requisitos de entrada a estos a los de los viajeros procedentes de los países de la Unión Europea y países asociados Schengen.

La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha destacado que esta equiparación es una "excelente noticia", especialmente para el sector turístico español, ya que facilitará que los turistas de fuera del entorno europeo puedan visitar España esta temporada alta "garantizando una movilidad segura".

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