La Audiencia de Bizkaia se desmarca del criterio de la Fiscalía y revisará de oficio las condenas, caso a caso
La Audiencia de Bizkaia ha acordado analizar las sentencias "caso a caso" y ha considerado que no cabe aplicar disposiciones transitorias de otras leyes ante las solicitudes de rebaja de condena en base a la nueva ley denominada de 'solo sí es sí', por lo que se ha desmarcado del criterio marcado recientemente por la Fiscalía General del Estado.
Magistrados de las tres Salas de lo Penal de la Audiencia de Bizkaia se han reunido este viernes para unificar criterio respecto a las solicitudes de reducción de condena por delitos sexuales que se vayan a presentar al amparo de la Ley de garantía integral de la libertad sexual.
El acta de la Junta de magistrados de la Audiencia provincial de Bizkaia señala que "ante la ausencia de norma transitoria en la nueva ley, la Junta considera que no procede la aplicación extensiva de una norma transitoria prevista en otra ley".
Por tanto añade que, ante la revisión de todas las condenas de agresores sexuales en base a la aplicación de la ley del "Solo sí es sí", que en Euskadi han solicitado ya 20 personas condenadas por delitos sexuales, "procede la revisión de oficio de las sentencias firmes en las que se haya impuesto pena privativa de libertad, hasta el licenciamiento definitivo, exceptuando las condenas en las que se haya acordado la suspensión de la ejecución de la pena conforme al artículo 80 del Código Penal".
La Audiencia Provincial dará traslado conjunto a las partes para que se pronuncien sobre la revisión de las condenas. En su tramitación, se procurará evitar a la víctima no personada "trámites inútiles que le puedan perjudicar".
El órgano judicial explica, en cuanto a los criterios de revisión, que estas serán revisadas caso a caso, conforme a los principios generales del derecho penal. Asimismo, contra la resolución que se dicte en relación a la revisión de la condena caben los mismos recursos que contra la sentencia objeto de revisión.
Por su parte, la Audiencia de Gipuzkoa ha convocado a sus secciones penales el 1 de diciembre, mientras Álava no lo hará porque solo hay una sección penal.
Tribunal Supremo
El TS tiene sobre la mesa varios recursos contra sentencias por delitos sexuales donde los condenados han solicitado que se tenga en cuenta el cambio operado por la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que ha propiciado rebaja de penas, por lo que se espera que la Sala de lo Penal se pronuncie sobre la también conocida como ley del "Solo sí es sí" en las próximas semanas.
Será la primera vez que el alto tribunal entre a estudiar una reforma penal que ha supuesto que el delito de abuso sexual prácticamente desaparezca para incluirse en el de agresión con una horquilla de penas donde la menor es más baja que la existente cuando había dos ilícitos diferenciados.
Desde que la ley entrara en vigor, el pasado 7 de octubre, los jueces y tribunales han revisado ya decenas de penas rebajando al menos 11 condenas por abuso sexual que han supuesto la excarcelación de cinco personas.
En medio de la polémica abierta por la revisión de condenas por delitos sexuales en aplicación de la ley del "Solo sí es sí", el Tribunal Supremo revisará el 29 de noviembre los recursos contra la sentencia del caso Arandina, en la que un exjugador de la Arandina Club de Fútbol resultó absuelto tras ser condenado previamente a 38 años de cárcel y otros dos vieron rebajadas sus penas a 3 y 4 años al ver los jueces abuso sexual y no agresión.
La Fiscalía del Tribunal Supremo sostiene que los exjugadores del Arandina condenados por la agresión sexual de una menor de 16 años no pueden verse beneficiados por dicha ley.
Por su parte, el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Iñaki Subijana, ha advertido de que el Tribunal Supremo podría interpretar de manera diferente la ley del "Solo sí es sí" y considera que la Fiscalía está haciendo suyas las disposiciones transitorias que han guiado, tanto el código penal del 95, como todas las reformas importantes del mismo que se han producido en el 2003, 2010 y 2015.
Sin embargo, advierte que la instrucción de la Fiscalía "no es vinculante" para el Tribunal Supremo, por lo que este tendría la soberanía para hacer una interpretación diferente.
Según Subijana, las audiencias provinciales del País Vasco tienen 10 casos para revisar, y asegura que los juzgados tendrán algunos más. Afirma que todavía no se ha fallado sobre ninguno, aunque, según ha explicado, los magistrados ya se están reuniendo para unificar criterios para dar "seguridad jurídica", sin esperar a la decisión del Tribunal Supremo.
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