La ley de bienestar animal prohíbe el maltrato pero no obliga por ahora al curso de perros
Desde hoy, viernes, está en vigor la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales (en adelante, Ley de Bienestar Animal) en el Estado español, aunque arranca a medio gas a la espera de desarrollar algunos aspectos de la norma que necesitan de un reglamento. Es el caso del curso de formación para la tenencia de perros, el seguro de responsabilidad civil o la lista de especies permitidas como animales de compañía (Listado Positivo de animales de compañía).
Según han informado fuentes del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el reglamento está redactado salvo matices, pero no puede ser elevado al Consejo de Ministros para su aprobación dada la interinidad del Gobierno español.
Sin embargo, desde este viernes está prohibido, entre otras cosas, exhibir animales en escaparates, aplicar la eutanasia a no ser que sea por extrema necesidad y bajo supervisión veterinaria, mantenerlos atados en espacios públicos sin la supervisión presencial de la persona responsable, o dejarlos solos más de tres días (24 horas en el caso de los perros).
El objetivo de la ley es fomentar la protección animal, acabar con el maltrato y el abandono, y promover la adopción y tenencia responsable. El maltrato a los animales será sancionado hasta con 200 000 euros en el caso de las infracciones muy graves.
Todos los vertebrados deberán tener unas "condiciones de vida dignas" que garanticen su bienestar, derechos y desarrollo saludable. En concreto, la ley establece que las condiciones para cada especie se desarrollarán reglamentariamente.
A la hora de educar o manejar, no se podrán usar métodos que provoquen sufrimiento, ansiedad o miedo al animal, y en particular se prohíbe el uso de collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo. En caso de problemas de convivencia deberán recurrir a un profesional de comportamiento.
Por otra parte, queda prohibido dejarlos dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro. Igualmente, no se podrá mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
Asimismo, en caso de pérdida o robo se deberá comunicar a las autoridades en un máximo de 48 horas.
Al mismo tiempo queda prohibido cualquier tipo de abandono y maltrato, dejar animales sueltos especialmente en Parques Nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños.
Además, los titulares deberán identificar a sus mascotas y tendrán que evitar la reproducción indiscriminada. La cría comercial de cualquier especie deberá hacerse por criadores inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.
La ley fija plazos para dar tiempo a adaptarse a los afectados. Es el caso, por ejemplo, de la moratoria de un año desde la entrada en vigor de la norma para que las tiendas que venden perros, gatos y hurones puedan adaptarse, porque no podrán seguir haciéndolo; sólo tendrán autorización para comercializarlos los criadores inscritos.
Los circos o todos aquellos espectáculos públicos o actividades que utilicen animales silvestres en cautividad dispondrán de un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley para modificar su actividad y, en su caso, poner en conocimiento de la autoridad competente las especies y número de animales silvestres en cautividad que obran en su poder.
Gatos
A partir de ahora, es obligatorio "identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los seis meses de edad", salvo aquellos inscritos como reproductores.
En el caso de las colonias felinas, los ayuntamientos serán los encargados de gestionar a los gatos que viven libres en las calles.
Por su parte, los centros públicos de protección animal estarán obligados a esterilizar a los perros, gatos y hurones que lleguen a estos centros.
Entre las curiosidades de las excepciones figuran la cabra de la Legión, que podrá seguir desfilando el 12 de octubre o la mula y el buey en los 'Belenes vivientes', en los que también podrán intervenir, al ser estos animales de trabajo.
Una las cuestiones que quedó finalmente fuera del texto legislativo y que, por tanto, seguirá como estaba, es el régimen de los perros peligrosos que incluye ocho razas.
Otra de las novedades de esta ley es el hecho de que para poder tener un perro se deberá realizar un curso de formación, cuya validez es indefinida y durante toda la vida del animal su titular deberá tener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Por otro lado, se crearán un listado de especies que se pueden tener como animales de compañía.
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