El Gobierno Vasco regulará a partir de enero la acreditación de las familias monomarentales y aumentará un 30 % la ayuda económica
El Gobierno Vasco ha aprobado un decreto sobre familias monomarentales que entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y que regulará la acreditación de este tipo de familias en Euskadi para facilitarles el acceso a las ayudas y beneficios de todas las administraciones públicas.
Así lo ha anunciado la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico del Gobierno Vasco Nerea Melgosa, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.
La consejera ha explicado que el 80 % de este tipo de familias están compuestas por mujeres (con uno o más hijos/as), y tienen mayores dificultades para conciliar la vida familiar y laboral.
Este decreto regulará la acreditación de familia monomarental, lo que facilitará el acceso a las ayudas de las administraciones. A partir del 1 de enero de 2026 se prodrá solicitar ese certificado digital, on line o en persona en Zuzenean.
Además, las ayudas a las familias que ofrece el Gobierno Vasco para las monomarentales aumentarán un 30 % ya que, junto a los 200 euros al mes por hijo/a, se concederán otros 100 euros hasta el/la menor cumpla 7 años.
En palabras de Melgosa, así Euskadi "reconoce legalmente las familias monomarentales", que en la CAV cifra en unas 21 000 familias.
Tipos de familias y hogares
¿Cómo son hoy las familias en Euskadi?
Dos tipos de familias
Además, el decreto reconoce dos tipos de familias, por una parte las monoparentales-monomarentales (las que tienen una sola persona progenitora) y las que están en situación de monoparentalidad-monomarentalidad.
En este segunda clasificación se trata de familias que tienen dos progenitores, pero que por sus características se asimilan a las monoparentales, como en los casos de guarda y custodia atribuida a uno de los progenitores, en los de abandono del hogar de uno de ellos o en los que existe violencia de género.
Requisitos
Para poder acceder al certificado deben cumplirse una serie de requisitos tal y como recoge el decreto. Se tiene que probar la residencia legal efectiva en el momento de presentar la solicitud y mientras tenga efectos el reconocimiento.
Además, la persona deberá estar empadronada en Euskadi, de forma ininterrumpida, con al menos doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Los hijos deben ser menores de 21 años. Este límite de edad se ampliará hasta que cumplan 26 años si está cursando estudios reglados encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
Con independencia de la edad del hijo también se reconocerá la monoparentalidad si presentan una discapacidad igual o superior al 33 %, gran dependencia, incapacidad permanente absoluta, o gran invalidez. Además, tienen que convivir y estar empadronados con la persona progenitora y depender económicamente de ella.
La consejera ha subrayado que con este decreto se da "un paso más" en el reconocimiento de la diversidad familiar y ha recordado que el texto normativo se enmarca en el V Plan de Familias 2025-2030.
"Por primera vez Euskadi reconoce legalmente a las familias monoparentales y lo hace desde una visión comunitaria, igualitaria y solidaria", ha concluido.
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