Condenado a 4 años y medio de prisión un profesor por contactar con alumnas menores con fines sexuales y amenazarlas
La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a un profesor de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) a 4 años y medio de prisión por dos delitos de acercamiento sexual a menores de 16 años a través de internet ("child grooming") y un delito de amenazas condicionales. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
El fallo incluye además 20 días de localización permanente por un delito leve de acoso sexual y 4 años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena de cárcel. El tribunal considera acreditado que el acusado contactó durante el curso 2023-2024 con tres alumnas del centro en el que trabajaba mediante un perfil falso en una red social.
Según recoge la resolución, el profesor mantuvo con las menores conversaciones con contenido de carácter sexual y, en dos casos, llegó a plantear “propuestas serias” de encuentro, que no se materializaron porque los hechos fueron detectados por la dirección del centro. La Audiencia subraya que el objetivo era “estrechar sobre ellas un cerco de seducción” y preparar el terreno para posibles interacciones sexuales.
El tribunal destaca el peso de las pruebas digitales obtenidas de los teléfonos de las menores y su testimonio “sólido” y “persistente”, así como las declaraciones de profesionales del centro. Rechaza, en cambio, la versión del acusado, que alegó ser él la supuesta víctima, y concluye que era quien buscaba la cercanía de las alumnas con una finalidad sexual.
La Audiencia concluye que el acusado actuó con el objetivo de crear un “cerco de seducción” sobre las menores, buscando su confianza y preparando el terreno para posibles relaciones de carácter sexual. En este sentido, destaca las evidencias digitales obtenidas de los teléfonos móviles y el testimonio “sólido” y “persistente” de las menores, así como las declaraciones de profesionales del centro.
Frente a ello, el tribunal rechaza la versión del acusado, que alegó ser la supuesta víctima de los hechos, y afirma que era él quien buscaba la proximidad de las alumnas con una finalidad sexual. La sentencia recoge además que hacía referencias al aspecto físico de las menores, utilizaba expresiones como “sugar baby” y proponía planes como paseos en moto o en coche.
La Audiencia guipuzcoana también da por acreditado el delito de amenazas condicionales. El profesor remitió un correo electrónico a varios alumnos advirtiendo a las víctimas de que borraran todas las capturas de pantalla de las conversaciones, bajo la amenaza de que, si denunciaba él, la policía rastrearía sus dispositivos. El tribunal interpreta que el objetivo era “infundirles el suficiente temor para que destruyeran las evidencias”.
Por otro lado, la sentencia absuelve al acusado de tres delitos de solicitud de favores sexuales bajo precio y de un delito de exhibicionismo sexual ante menores, al no considerar probado que pidiera actos concretos a cambio de dinero ni que enviara vídeos explícitos. La resolución, no obstante, recalca la gravedad del ‘child grooming’ ejercido desde una posición de confianza como profesor.
JUICIO
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