El Supremo absuelve a 7 jóvenes y condena a 8 por pertenecer a Segi
El Tribunal Supremo ha ratificado las condenas de seis años de cárcel a ocho acusados de integrar Segi "al existir en su caso prueba de cargo suficiente para considerarles culpables de un delito de pertenencia a organización terrorista".
La Sala de lo Penal sin embargo, ha absuelto de un delito de integración en organización terrorista a otros siete acusados de formar parte de Segi, porque sus condenas "se basaron en acciones de 'kale borroka' que no eran objeto de examen en la presente causa", según la sentencia.
Los magistrados absuelven a Ekaitz de Ibero, Igor Alvarez, Urko Picaza, Asier Mariezcurrena, Unai Pérez, Pello Maria Lamarca y Beñat Apalategi, mientras confirman la condena de Mikel Arretxe, Egoi Alberdi, Oier Lorente, Adur Fernández, Aitor Olaizola, Imanol Vicente, Nahikari Otaegi y Ekaitz Ezquerra.
La defensa alega que los hechos relativos a la violencia callejera no eran objeto de la presente causa y que ni siquiera fueron examinados durante el juicio con la comparecencia de los testigos.
Además, remarca que no había pruebas suficientes para acreditar su activismo en la organización terrorista.
El alto tribunal da la razón a los abogados defensores al entender que la Audiencia Nacional "no debió a entrar a enjuiciar ni a declarar probado" los hechos de 'kale borroka' e invoca la jurisprudencia sobre el efecto de la 'cosa juzgada' y el principio 'non bis in idem' para subayar que "una vez resuelta una causa criminal por sentencia firme, no cabe seguir después otro procedimiento del mismo orden penal sobre el mismo hecho y respecto a la misma persona".
Todos los implicados fueron detenidos en 2007 el marco de una investigación policial destinada a esclarecer ataques de 'kale borroka' desarrollados principalmente en Donostia desde el año 2005.
En octubre de 2010 la Audiencia Nacional los condenó por un delito de integración en banda armada.
Un año más tarde, el Tribunal Supremo anuló la condena a seis años de prisión impuesta por la Audiencia Nacional a los 15 jóvenes, al considerar que la sentencia debió aportar las pruebas admitidas y practicadas a petición de las defensas, a las que no se hace ninguna referencia.
La sala de lo penal del TS decidió admitir los recursos interpuestos por los 15 procesados y devolver las actuaciones a la Audiencia Nacional para que dictase una nueva sentencia "con arreglo a derecho".
Un mes más tarde, la Audiencia Nacional los volvió a condenar. La Sala de lo Penal del TS celebró el pasado 13 de febrero una vista pública para revisar por segunda vez el caso y hoy ha hecho pública la sentencia.
Manifestación en Donostia, contra la condena
Convocados por el movimiento Eleak, esta lunes por la tarde ha tenido lugar una concentración en el Boulevard de Donostia-San Sebastián contra la sentencia del Tribunal Supremo. Eleak ha destacado que en estos momentos son nueve los jóvenes "en riesgo de ser encarcelados".
Además, este martes a las 12.00 horas, también en el Boulevard de la capital guipuzcoana, Eleak dará una rueda de prensa para valorar la sentencia del TS y anunciar más movilizaciones.
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