Aprobada la reforma del delito de malversación y la derogación de la sedición
El Pleno del Senado ha aprobado este jueves de manera definitiva la proposición de ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos por la que se deroga el delito de sedición y se modifica el de malversación. La votación, no obstante, se ha hecho, tal y como acordó el Tribunal Constitucional (TC), sin las enmiendas que buscaban reformar el sistema de elección y llegada de los dos candidatos al tribunal de garantías que deben ser nombrados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El debate y votación en el Pleno del Senado ha tenido lugar después de que la noche de ayer miércoles el TC ratificara la decisión que adoptó el lunes de suspender la tramitación parlamentaria, ya en el Senado, de las dos enmiendas incorporadas a la proposición de ley sobre la sedición y la malversación que buscan renovar el propio Constitucional. Los senadores han tenido que votar este jueves la proposición de ley sin las enmiendas impugnadas.
Esta reforma del Código Penal ha salido adelante en la Cámara Alta con la mayoría que suman PSOE, ERC, Bildu, PNV y Més per Mallorca frente al rechazo de PP, Vox, Ciudadanos, UPN, Junts, PRC, Coalición Canaria, Teruel Existe, PAR y los dos parlamentarios independientes. Por su parte, los senadores de Más Madrid, Geroa Bai y Compromís han decidido abstenerse.
Los grupos de la coalición de gobierno y sus aliados, no obstante, han avanzado ya su intención de recuperar esa reforma en otra proposición de ley para poder sustituir a los cuatro magistrados del Constitucional que tienen el mandato caducado y que siguen en sus puestos por el bloqueo en el Consejo General del Poder Judicial, encargado de nombrar a dos de ellos.
Así, Gobierno y socios ya trabajan en mecanismos para tratar de aprobar cuanto antes las disposiciones que fueron impugnadas y paralizadas por cuestiones formales.
Con la nueva reforma, desaparecerá el delito de sedición, para convertirse en uno agravado de desórdenes públicos, y la pena máxima de 15 años pasa a ser de 5.
Mientras, el castigo máximo para la malversación sin ánimo de lucro se rebajará a 4 años, cuando ahora se pueden imponer hasta 8 años y se puede llegar a los 12 si la cantidad malversada supera los 250.000 euros.
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