El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo por la ley de nietos
La corte de garantías ha inadmitido a trámite el recurso de amparo por 10 votos a dos alegando que aún no se ha agotado la vía de la jurisdicción ordinaria en el Tribunal Supremo.
El Tribunal Constitucional ha decidido este miércoles por amplia mayoría no admitir a trámite el recurso que presentó el Defensor del Pueblo contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender el voto en las próximas elecciones generales para los nacionalizados por la ley de nietos que no demuestren que son descendientes de exiliados.
Así lo ha acordado el Pleno de la corte de garantías este miércoles, con 10 votos en contra y 2 a favor de la admisión, después de estudiar el recurso de amparo interpuesto la pasada semana.
Según han informado fuentes jurídicas, el motivo es que el recurso es prematuro porque aún no se ha agotado la vía de la jurisdicción ordinaria en el Supremo.
El Supremo dio un plazo a las personas afectadas por la ley de nietos para personarse y formular alegaciones contra la suspensión cautelar, que termina este jueves. Por ello, la mayoría del Constitucional entiende que no se puede intervenir en este momento ya que es un procedimiento en curso en el Alto Tribunal.
El Gobierno español respeta la decisión del Constitucional sobre la ley de nietos
Tras conocer la noticia, el Gobierno español ha mostrado su respeto a la decisión del Constitucional. Fuentes del Ejecutivo han recordado que la decisión del Pleno de la corte de garantías se limita a motivos procedimentales y no aborda el fondo de la cuestión, como tampoco lo ha hecho el Supremo.
Por ello, el Gobierno español continúa defendiendo que todos los "nacionales españoles" tienen derecho a voto y sigue confiando en que finalmente el Supremo avale su derecho constitucional a votar.