Estas son las medidas en vigor en Euskadi
El Gobierno Vasco ha reiterado este sábado que las medidas preventivas que aprobó el pasado lunes para contener la pandemia siguen en "vigor", pese a la publicación en el BOE de la resolución con los acuerdos de la interterritorial del miércoles.
El LABI aprobó el lunes, basándose en la tendencia de la pandemia, un nuevo decreto con las medidas sanitarias que entraron en vigor el 2 de junio.
Así, el principal cambio fue el que afectaba a la hostelería y a las actividades comerciales y culturales, que pueden llevarse a cabo hasta medianoche, es decir, dos horas más.
Medidas:
- HORARIOS: A las 24:00, cierre de establecimientos y cese de actividades culturales, sociales y comerciales.
- HOSTELERÍA: Cierre a las 24:00. Aforo en interiores del 50%. Prohibido consumo en barra o de pie. En cada mesa, máximo 4 personas. Mascarilla obligatoria salvo en el momento de la ingesta.
- AFOROS EN COMERCIO: En establecimientos de más de 150 m2, del 40%; y hasta 150 m2, 60%. En los espacios de mercadillos, el 50% de puestos permitidos.
- OCIO NOCTURNO: Se mantiene el cierre de los establecimientos y locales de ocio nocturno.
- TXOKOS: Sociedades gastronómicas, lonjas y similares permanecen cerrados.
- BOTELLONES: El consumo de alcohol tanto en la vía pública como en recintos exteriores o en reuniones tipo "botellones" o "no fiestas" está prohibido.
- GAZTETXES: Los locales que disponen de permiso administrativo para el ejercicio de actividades sociales y culturales podrán realizar dichas actividades con un aforo máximo del 50 %, no pudiendo finalizar las actividades más tarde de las 24:00 horas. Deberán de establecerse las medidas necesarias para el mantenimiento de seguridad interpersonal y el uso de la mascarilla será obligatorio. Los locales que no dispongan del permiso correspondiente se consideran enmarcados en el capítulo de lonjas juveniles y asimilados, y por tanto permanecerán cerrados.
- ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE: La organización de los grupos de tiempo libre podrá ser de hasta 10 personas, siempre que se garantice que son estables.
- LOCALES DE JUEGO: Cierre a las 24:00h. Aforo del 50%.
- LUGARES DE CULTO: Aforo del 35%. En velatorios y entierros: al aire libre, máximo 30 personas; en espacios cerrados, 6.
- INSTALACIONES DEPORTIVAS: Aforo del 50%. Vestuarios, 35%. Sin público en eventos deportivos.
- PRÁCTICA DEPORTIVA: Al aire libre no habrá límite de personas; en interior, máximo de 6. Deporte escolar en entrenamiento y sin vestuarios. Obligatorio uso de mascarilla, salvo en competición y en momentos excepcionales de actividad física intensa en exteriores.
- PLAYA Y PISCINAS: No será exigible el uso de la mascarilla durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia 1,5 metros entre las personas. Para los desplazamientos y paseos sí será obligatorio el uso de mascarilla. Las agrupaciones de personas, que no deberán ser superiores a cuatro, deberán respetar siempre la distancia interpersonal.
- MOVILIDAD Y REUNIONES: Desde el 9 de mayo, con el fin del estado de alarma, ya no hay cierres perimetrales, toque de queda y limitación de agrupaciones de personas.
- TRANSPORTE PÚBLICO: El horario máximo de salida del transporte público podrá ser fijado hasta las 24:00 horas.
- MEDIDAS BÁSICAS: Uso de la mascarilla, distancia interpersonal de 1,5 metros y ventilación constante de los espacios cerrados. Intentar evitar las aglomeraciones. Se recomienda limitar los desplazamientos nocturnos y la movilidad no necesaria, y evitar las reuniones de más de 4 personas.
MEDIDAS POSPUESTAS
El Consejo Asesor del LABI ha considerado también "prudente" posponer la aplicación de las siguientes medidas hasta que la Incidencia Acumulada sea inferior a 150 (Escenario Nivel 2 del Plan Bizi Berri), o bien hasta que la vacunación de mayores de 50 alcance el 90% y "siempre que el impacto asistencial esté a la baja".
-Ampliar horarios de cese de actividades y cierre de establecimientos a la 01:00.
-Ampliar aforos en comercio, recintos feriales, mercadillos, eventos culturales en exteriores y centros de culto.
-Ampliar los aforos máximos en eventos a 600 en interior y 800 en exterior.
-Ampliar a seis del número personas por mesa en la hostelería.
-Abrir txokos y sociedades gastronómicas con limitación de horario, aforo y distancia.
-Posibilitar la actividad deportiva en recintos interiores en grupos de hasta 10 personas.
-Permitir público en eventos deportivos. Siempre con un aforo del 60%; y un máximo de 800 personas en interior o de 1.200 en exterior.
-Permitir una ampliación de los grupos de personas en la organización de actividades en el exterior de visitas guiadas, turismo de naturaleza, centros recreativos turísticos, etc.
-Ampliar el aforo al 60% en exteriores de piscinas, jardines, terrazas de hoteles y campings.
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