Los mayores de 16 años podrán modificar desde hoy su sexo en el Registro Civil sin ningún requisito
Los mayores de 16 años podrán cambiar desde hoy su nombre y su sexo en el Registro Civil sin ningún requisito, más que el deseo expreso del solicitante, con la entrada en vigor de la Ley Trans.
Así, desde hoy bastará con que, quien así lo desee, solicite un cambio registral por escrito, sin necesidad de presentar pruebas ni testigos. Esta decisión deberá ser ratificada por el solicitante tres meses después, mientras que la Administración tendrá un mes más de plazo. Es decir, el proceso durará unos cuatro meses como máximo.
Esta ley modifica el texto aprobado en 2007 durante el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, que exigía para el cambio registral al menos dos años de hormonación y un diagnóstico médico que acreditara una disforia de género.
La entrada en vigor de esta norma también permite cambiar su nombre y su sexo a los menores de entre 14 a 16 años, aunque en su caso deberán tener el consentimiento de sus padres o tutores para su solicitud. En el caso de que un menor no cuente con el consentimiento de estos, se nombrará un defensor judicial para resolver el conflicto.
Además, los niños de 12 a 14 años pueden modificar el género siempre y cuando el menor tenga la autorización de un juez, que examinará su madurez; mientras que los menores de 12 años no pueden cambiar la mención registral del sexo, pero sí su nombre para ajustarlo al género con el que se identifica.
Por el contrario, la ley permite que en seis meses una persona trans puede solicitar volver a su sexo original de la misma manera que lo pidió. En el caso de que quisiera modificarlo por tercera vez, entonces tendría que pasar por un juez, quien dirimiría si hay visos de un fraude de ley.
La ley también incluye medidas para garantizar los derechos de las personas LGTBI, como la filiación de los hijos de parejas lesbianas sin que estas deban estar casadas.
Además, las mujeres solteras, lesbianas y bisexuales tendrán acceso a la reproducción asistida y se pondrán en marcha medidas de formación en diversidad para asistentes de personas mayores o medidas en relación a la educación y contra la discriminación del colectivo (laboral, social, ocio).
También se reconoce el sexilio, que es el abandono de un pueblo o ciudad por parte de una persona del colectivo debido a la discriminación o LGTBIfobia que sufre en su entorno en dicho lugar, o se prohíben las conocidas como terapias de conversión.
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