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El TSJPV desestima la petición de UGT de suprimir los perfiles lingüísticos exigidos en Euskotren

El sindicato impugnó un proceso de consolidación en la compañía por los baremos de euskera fijados, unos niveles que la propia UGT había aprobado con anterioridad en el convenio colectivo. Según el magistrado, la solicitud es conforme al convenio y al plan de euskera de Euskotren.
El Palacio de justicia de Bilbao, en una imagen de archivo.
El Palacio de justicia de Bilbao, en una imagen de archivo. EFE

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), presidida por la magistrada Garbiñe Biurrun, ha desestimado la demanda presentada por UGT en contra de los perfiles lingüísticos exigidos en la OPE de consolidación de Euskotren, según ha informado el sindicato ELA en un comunicado. UGT aducía que el nivel de euskera solicitado era "discriminatorio".

Según recoge la sentencia, el sindicato denunciante firmó el Convenio Colectivo de Euskotren, en el que se fijan, precisamente, dichos perfiles y también es miembro de la Comisión de Euskera de la compañía ferroviaria. El magistrado concluye que UGT no tiene legitimidad para presentar la demanda.

La sentencia hace referencia al artículo 50 del convenio, que fija los perfiles lingüísticos para cada puesto de trabajo y, a su vez, el propio convenio hace referencia al Plan de Euskera, dando vigencia a los criterios recogidos en el mismo. De esta forma, el Tribunal resuelve que la empresa aplicó correctamente la ley, al dar cumplimiento a ambos textos —se solicitó el nivel B2 de euskera—.

ELA, en su comunicado, muestra su satisfacción por la decisión del TSJPV. "La obsesión de UGT contra la equiparación del conocimiento entre el euskera y el castellano ha provocado contradicciones con las posiciones anteriores defendidas por el propio sindicato y ha evidenciado la involución que ha sufrido", denuncian.

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