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Eliseo Gil recurrirá la sentencia que le condena a dos años y tres meses de cárcel

El exdirector del yacimiento romano de Iruña-Veleia considera que el fallo reconoce expresamente que no se ha acreditado que fuera el autor de los grafitos o inscripciones en las piezas.
Eliseo Gil, en imagen de archivo
Eliseo Gil, en imagen de archivo. Foto: EFE.

El exdirector del yacimiento romano de Iruña-Veleia, Eliseo Gil, recurrirá la sentencia que le condena a dos años y tres meses de cárcel y a pagar 12.490 euros a la Diputación de Álava, al considerar que el fallo reconoce expresamente que no se ha acreditado que fuera el autor de los grafitos o inscripciones en las piezas.

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria-Gasteiz lo ha considerado culpable de un delito continuado de falsedad documental, en concurso con una falta continuada contra el patrimonio histórico-cultural, por el que lo condena a un año, y de un delito continuado de estafa, en concurso con otro de falsedad en documento privado, penado con un año y tres meses de prisión, por haber "manipulado", él mismo o "por medio de terceras personas", grafitos calificados en su día de históricos, porque adelantaban en varios siglos la aparición del euskera.

Su defensa ha adelantado este jueves que recurrirá la sentencia, que considera basada en "indicios muy poco trabajados y sin peso jurídico para determinar una condena penal".

Sobre la condena por estafa, el abogado de Gil entiende que, en el fallo, se afirma que Gil convino o se puso de acuerdo con Rubén Cerdán, el otro condenado, para hacer unos informes, a sabiendas que no se iban a hacer las analíticas o las pruebas científicas, con el objetivo de lograr una subvención de 12.000 euros de la Diputación, pero la jueza "omite" que fue la propia institución foral la que "presentó a Cerdán como profesional especialista en este tipo de análisis", y quien lo aconsejó a los arqueólogos.

Además, considera "absurdo" que por 12.000 euros pusiera en riesgo el convenio que la empresa de Gil tenía suscrito con Euskotren, por valor de 3,7 millones de euros.

Por último, la defensa de Gil sostiene que la sentencia omite que no había móvil ni motivo alguno para que cometiera estos delitos, y reconoce que hubiera resultado "difícil" pensar en una sentencia absolutoria, después de "once años sometido a la pena de banquillo".

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