Condenas de entre 9 y 13 años para los líderes del 'procés' por sedición

El Tribunal Supremo ha condenado a 13 años de cárcel a Oriol Junqueras y a penas de entre 9 y 12 años a Carme Forcadell, los Jordis y a cinco exconsellers por sedición en el "procés", en tanto que ha absuelto de malversación a los tres acusados en libertad, que no irán a prisión.
En concreto, la Sala de lo Penal impone la condena más alta a Junqueras por sedición en concurso medial con malversación, agravado por su cuantía, seguido de los 12 años para los exconsellers Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa por los mismos delitos.
Condena a 11 años y seis meses a Forcadell; a 10 años y medio a los exconsellers Joaquim Forn y Josep Rull, a quienes absuelve del delito de malversación; y a nueve años a los Jordis. Todos ellos condenados por sedición.
El tribunal ha absuelto del delito de malversación a los tres exconsellers que estaban en libertad, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Borrás, a quienes condena por desobediencia a un año y ocho meses de inhabilitación y multa de 60.000 euros.
El juicio quedó visto para sentencia el pasado mes de junio, cuatro meses y 52 sesiones después de su arranque el 12 de febrero de este mismo año. Desde entonces el tribunal ha estado deliberando por bloques jurídicos y este último fin de semana los magistrados realizaron una última lectura del texto. No obstante, no pudieron evitar que se filtrara a los medios que la rebelión había sido descartada y las condenas serían por sedición.
Este mismo lunes a primera hora, los magistrados Manuel Marchena, Antonio del Moral, Luciano Varela, Andrés Palomo, Andrés Martínez Arrieta, Ana Ferrer y Juan Ramón Berdugo han firmado la resolución, que ha empezado a ser comunicada a las partes.
Al margen de las penas de prisión, la Sala impone las mismas penas en años de inhabilitación absoluta para todos los acusados, lo que supone no poder ser elegido para cargo público durante el tiempo que duren sus condenas.
Sentencia
En contra del criterio de los acusados, la Sala sí da por probada la existencia de "indiscutibles episodios de violencia" pero precisa que no los suficientes para poder condenar por rebelión ya que "la conjura" fue "abortada con la mera exhibición" de unas páginas del BOE que publicaban la aplicación del 155 en Cataluña.
Para la Sala, no se dio la violencia instrumental, funcional y preordenada de forma directa y por eso no los condena por rebelión, porque para ello habría sido necesario que promovieran la violencia para lograr la secesión.
Recuerda la sentencia que algunos de los responsables de esa "conjura" emprendieron "repentina huida". Los que se quedaron -bien por decisión personal o bien por las medidas de prisión acordadas- "desistieron incondicionalmente de la aventura que habían emprendido".
Todos los acusados, añaden, eran "conscientes" de que "el llamado derecho a decidir -del que dicen que ninguna Constitución europea lo avala- no era sino el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano" y que los "ilusionados ciudadanos" que creían lo contrario, desconocían que ese derecho había mutado en derecho a presionar.
Se dio la "contradicción" de presentar el referéndum como un ejercicio de derecho de autodeterminación, cuando lo cierto es que "lo que querían era una negociación directa con el Estado".
En cambio, los magistrados entienden que lo que ocurrió en el otoño de 2017 fue una sedición porque los condenados movilizaron a la ciudadanía en "un alzamiento público y tumultuario" para impedir la aplicación directa de leyes y obstaculizar el cumplimiento de las decisiones judiciales.
Así, la Sala dice que "lo sucedido el 1 de octubre no fue solo una manifestación o un acto masivo de protesta ciudadana. Si hubiese sido eso no habría reacción penal. Fue el levantamiento tumultuario alentado por los acusados entre muchas otras personas para convertir en papel mojado (...) unas decisiones judiciales".
Tampoco el 20 de septiembre fue una mera concentración ciudadana, sino que los Jordis eran "plenamente conscientes" de que una comisión judicial estaba registrando la Conselleria de Economía por orden de un juez, y lo que motivó su actuación fue "demostrar a toda la sociedad, en pleno y acreditado concierto con los responsables gubernamentales que los jueces y magistrados (...) habían perdido la capacidad para ejecutar sus resoluciones".
No duda el tribunal de la importancia de la desobediencia civil -recurrido argumento de algunos de los acusados, principalmente los Jordis-, que describe como "una expresión de una ética de la disidencia". Ahora bien, deja claro que "nadie puede arrogarse el monopolio de interpretar qué es legítimo" desechando los argumentos de quien "no comparta sus ideas sobre la autodeterminación".
Sobre el gasto público, la Sala admite que todo el Govern de Carles Puigdemont suscribió un acuerdo solidario para el referéndum, si bien estima que se trata de un previo acuerdo de voluntades insuficiente para condenar por malversación; son indispensable "actos materiales, nucleares o no" que no han quedado probados en el caso de estos cinco exconsellers, alguno de los cuales dieron "órdenes específicas" para no destinar fondos al 1-O.
El resto de condenados por malversación, incluido Junqueras, "no se limitaron" a mostrar su "voluntad de sustraerse al control financiero" sino que "ejecutaron actos concretos de dispendio económico que no era otra cosa que la genuina expresión de su deslealtad".
Tras el varapalo a la Fiscalía por no condenar por rebelión, los jueces tampoco atienden su petición de impedir que los condenados pudiesen obtener el tercer grado hasta cumplida la mitad de la pena pues esa facultad "no puede ser interpretada como un mecanismo jurídico para evitar anticipadamente decisiones de la administración penitenciaria" competente, en este caso la Generalitat.
Y recuerda a la Fiscalía que tiene la capacidad de "reaccionar", es decir, recurrir las decisiones de la administración catalana que no comparta.
Más noticias sobre política
La Prefectura de Pirineos Atlánticos demanda a cuatro ayuntamientos de Iparralde por colgar la bandera palestina
En concreto, la Prefectura ha acusado a los ayuntamientos de Urruña, Ozaze, Irura e Itsasu de violar el principio de neutralidad que se les presupone. En total, fueron ocho las localidades de Iparralde que colgaron la bandera palestina, pero de momento, la Prefectura ha actuado contra cuatro.
“Txiki y Otaegi no fueron héroes ni mártires”: Fundación Fernando Buesa y Covite denuncian la exaltación de ETA en el aniversario de sus fusilamientos
En un comunicado conjunto, ambas asociaciones reclaman, asimismo, a todas las instituciones públicas, locales, autonómicas y estatales, "que no promuevan ni respalden actos de homenaje a estas personas".
El lehendakari Imanol Pradales pide a la Unión Europea una actitud "más firme y unida" ante la masacre de Gaza
El lehendakari, Imanol Pradales, ha afirmado esta mañana en la recepción a los embajadores de la Unión Europea en España ante la masacre de Gaza que Europa necesita "una actitud más firme y unida", entre los que se encontraban los embajadores de Alemania, Italia y Holanda, que no han reconocido el estado palestino, una actitud que, según el lehendakari, "resta credibilidad" a la Unión Europea.
Una decena de localidades de Ipar Euskal Herria cuelgan la bandera palestina, ante su prohibición
La prefectura del Pirineo-Atlántico obligó al ayuntamiento de Maule a retirar la bandera palestina, alegando que violaba los principios de la República francesa. Ante esta prohibición, una decena de pueblos del País Vasco francés han colgado la bandera de forma solidaria; entre ellos Urruña, Itsasu, Izura, y Baigorri.
La Diputación de Álava estudia nuevos incentivos fiscales para el sector de las biociencias
Esta propuesta es similar a los incentivos fiscales que ya están en vigor para la industria audiovisual, que incluye deducciones sobre el coste de producción, entre otras.
Arnaldo Otegi sobre el diálogo nacional: "Nosotros no tenemos las respuestas a todas las preguntas y queremos buscar esas respuestas con la gente"
Otegi ha insistido en que fue "una constatación muy profunda y muy importante en términos políticos" que Imanol Pradales dijera que pueden venir tiempos oscuros para el autogobierno. "Precisamente lo que ofrecemos es nuestra total disposición para evitar que lleguen esos tiempos, y de afrontarlos, si finalmente llegan".
Ubarretxena destaca que trasladarán 10 documentos al Gobierno español para "cerrar el Estatuto" antes de fin de año
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno del Gobierno Vasco ha subrayado que viajarán la semana que viene a Madrid para hablar sobre la transferencia de aeropuertos. Asimismo, subraya que con las 10 propuestas que van a trasladar "se cerraría" el Estatuto: "por parte del Estado hasta ahora no nos han pedido más tiempo".
El PP insiste en que es "inverosímil y sin rigor" que el edificio de París devuelto al PNV fuera de la formación jeltzale
En un comunicado, el PP ha respondido a "las ofensas" del presidente del PNV, Aitor Esteban, durante el acto que la formación jeltzale celebró el sábado en el edificio parisino, donde aseguró que su partido no olvidará "el escándalo que han montado" para evitar su devolución el PP y Vox.
El PNV emplaza a Otegi a sumarse a los procesos de acuerdo ya en marcha, y advierte de que "el mundo no se detiene"
El presidente del BBB, Iñigo Ansola, ha subrayado que los acuerdos en favor de Euskadi "ya están en marcha", y ha advertido de que "las oportunidades no van a esperar", instando al dirigente de EH Bildu a sumarse sin dilaciones a los procesos de acuerdo ya iniciados.
Eba Blanco cree que la propuesta para un nuevo estatus de Pradales "va tarde", y pide un "acuerdo de mínimos" para junio de 2026
La líder de EA asegura, sobre la propuesta, que en junio de 2026 "no podemos estar haciendo valoraciones", porque "en 2027 es posible que se cierre la ventana de oportunidad histórica que tenemos", en referencia a una posibles elecciones que cambien la composición del Parlamento.