Transporte sanitario
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Firman el convenio de ambulancias, que recoge una subida salarial de más del 30 % durante su vigencia

ELA, CCOO y UGT han rubricado el convenio. CCOO ha destacado que "solo tras una última fase, caracterizada por movilizaciones y una larga huelga, ha sido posible finalizar hoy el conflicto laboral tras la firma del convenio definitivo".
Una ambulancia. Imagen: CCOO
Una ambulancia. Imagen: CCOO

Los sindicatos ELA, CCOO y UGT han firmado este martes el convenio autonómico del transporte sanitario no urgente, según han informado estas centrales. El principal punto del convenio es el incremento salarial del 30,64 % acumulado en la vigencia del acuerdo, que "facilitan" la equiparación con el personal de ambulancias de Osakidetza, que era la reivindicación principal durante las jornadas de huelga realizadas en el sector.

El preacuerdo del convenio se alcanzó el pasado mes de abril, pero desde entonces no se había firmado ni aplicado y la empresa concesionaria en Bizkaia y Álava, la catalana La Pau, avisó la pasada semana de que no lo ratificaría hasta que UGT no retirara el recurso sobre la nueva adjudicación del servicio de Transporte Sanitario No Urgente.

En un comunicado, CCOO ha destacado que "solo tras una última fase, caracterizada por movilizaciones y una larga huelga, ha sido posible finalizar hoy el conflicto laboral tras la firma del convenio definitivo".

CCOO ha explicado que el convenio se ha firmado tras dos sesiones "maratonianas" para cerrar el texto definitivo y "a pesar de los obstáculos que ha puesto" La Pau.

"Grup La Pau ha tratado de torpedear la firma con todos los recursos a su alcance, han incumplido el preacuerdo, negándose a la firma posterior del convenio, acometiendo una inaplicación salarial para el personal de Bizkaia y Álava y han pretendido sufragar su ineficaz gestión a costa del erario público vasco", ha criticado.

ELA ha señalado en una nota que "uno de los grandes pasos conseguidos en este convenio, que tiene una vigencia 2022-2028 y que afecta a unos 1500 trabajadores, es la cláusula de inaplicación, que sirve como garantía para que las empresas adjudicatarias no puedan gestionar el proceso de manera unilateral".

ELA ha destacado también que el convenio prevé 124 horas de reducción de jornada hasta homologar la jornada al personal propio (1588 horas), cláusula de inaplicación, reserva de puesto de trabajo en las mismas condiciones durante dos años en las excedencias voluntarias, y la mejora del plus antigüedad.

También incluye la garantía de aplicación del contrato relevo, mejora en la ley de familias, aumento de la edad del menor (hasta los 16 años) a cargo para las reducciones de jornada por cuidado o excedencias, regulación de las vacantes y promoción interna y regulación de la formación obligatoria dentro de la empresa.

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