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Entra en vigor la reforma del delito de malversación y la derogación de la sedición

Ahora las defensas de algunos de los condenados por el 'procés' podrán solicitar al Tribunal Supremo que les absuelva de los delitos de sedición y malversación.
Juicio del 'procés'. Foto: EFE
Juicio del 'procés'. Foto: EFE

La ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos por la que se deroga el delito de sedición y se modifica el de malversación entra hoy en vigor. Esta reforma del Código Penal salió adelante en la Cámara Alta con la mayoría que sumaron PSOE, ERC, Bildu, PNV y Més per Mallorca frente al rechazo de PP, Vox, Ciudadanos, UPN, Junts, PRC, Coalición Canaria, Teruel Existe, PAR y los dos parlamentarios independientes. Por su parte, los senadores de Más Madrid, Geroa Bai y Compromís decidieron abstenerse.

Con la nueva reforma, desaparecerá el delito de sedición, para convertirse en uno agravado de desórdenes públicos, y la pena máxima de 15 años pasa a ser de 5.

Mientras, el castigo máximo para la malversación sin ánimo de lucro se rebajará a 4 años, cuando ahora se pueden imponer hasta 8 años y se puede llegar a los 12 si la cantidad malversada supera los 250.000 euros.

Así, las defensas de los condenados por el referéndum independentista celebrado en Cataluña el 1 de octubre de 2017 solicitarán al Tribunal Supremo (TS) que les absuelva de los delitos de sedición y malversación, una vez entre en vigor este jueves la reforma por la que se deroga el primer ilícito y se crean tipos atenuados del segundo.

Condenados por el 'procés'

Las defensas de algunos de los condenados por el referéndum celebrado en Cataluña el 1 de octubre de 2017 solicitarán al Tribunal Supremo (TS) que les absuelva de los delitos de sedición y malversación.

Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, algunas defensas tienen los escritos prácticamente redactados, a la espera solamente de que el TS les pida que se pronuncien sobre el impacto de la reforma penal en la sentencia dictada por su Sala de lo Penal el 14 de octubre de 2019.

Las citadas fuentes hacen hincapié en que cada caso será distinto. Y es que, de los doce condenados, cuatro lo fueron por sedición y malversación a penas de cárcel e inhabilitación --Junqueras (13 años), Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa (12 años)--, mientras que cinco fueron sentenciados solo por sedición --Carme Forcadell (11 años y 6 meses), Joaquim Forn, Josep Rull (10 años y 6 meses), Jordi Sanchez y Jordi Cuixart (9 años).

Los expresidentes de la ANC y de Òmnium Cultural Jordi Sànchez y Jordi Cuixart no pedirán al Supremo que los absuelva a raíz de la reforma del Código Penal, aunque el tribunal podrá revisar de oficio sus penas.

Además, la desaparición del delito de sedición podría facilitar el regreso a España desde Suiza de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, ya que, de los huidos del 'procés', es la única que solo está procesada por este delito, lo que podría propiciar que quedara solamente en uno de desobediencia, penado con multa e inhabilitación, no con cárcel.

Revisión de las penas solicitadas para los encausados en 'Acuamed'

Por otro lado, la Fiscalía Anticorrupción revisará las penas que pide para los encausados del caso 'Acuamed', más de 40, después de que el juez instructor solicitara al Ministerio Público que lo hiciera al advertir que la reforma del delito de malversación podría provocar rebajas en las peticiones de condena.

Así lo confirman fuentes fiscales consultadas por la agencia de noticias Europa Press, que aseveran que ahora se deberán revisar todas las peticiones. Sobre el efecto que puede provocar en el escrito de acusación, prefieren no adelantar nada hasta que terminen el análisis.

En la rama de 'Acuamed' instruida en la Audiencia Nacional se investigan presuntos delitos de malversación, así como de fraude, cohecho, falsedad, prevaricación, tráfico de influencias, pertenencia a organización criminal y maquinación para alterar el precio de los concursos públicos.

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