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Mujeres en política: del 7 % de concejalas en 1979, al 46 % en la actualidad

Tras las elecciones de mayo, Vitoria-Gasteiz contará con una alcaldesa y las diputadas generales de Bizkaia y Gipuzkoa también podrían ser mujeres.
Asamblea de Mujeres Electas en la Casa de Juntas de Bizkaia en 2019. Foto: EFE.
Asamblea de Mujeres Electas en la Casa de Juntas de Bizkaia en 2019. Foto: EFE.

La presencia de la mujer en política en la Comunidad Autónoma Vasca ha crecido notablemente en los últimos 45 años. En las primeras elecciones municipales posteriores al Franquismo, en 1979, el porcentaje de concejalas elegidas fue del 7,1 %. En los últimos comicios municipales, en 2019, llegaron al 46,3 %.

Lo mismo ha ocurrido con el número de alcaldesas, que ha pasado del 1,3 % al 30,2 %, y con el número de diputadas en las Juntas Generales de Gipuzkoa, Bizkaia y Araba, que desde 2019 ha sido mayoría - un 54,2 %-, frente al 6,1 % de 1979.  

Después de las elecciones del 28 de mayo, además, veremos por primera vez una mujer al frente del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, ya que las candidatas de los cinco principales partidos son mujeres: Beatriz Artolazabal (PNV), Maider Etxebarria (PSE), Rocío Vitero (EHBildu), Ainhoa Domaica (PP) y Garbiñe Ruiz (Podemos). Una de ellas será, probablemente, la primera alcaldesa de la capital alavesa.

Lo mismo podría ocurrir también en las diputaciones forales de Bizkaia y Gipuzkoa. Según las encuestas realizadas, Elixabete Etxanobe (PNV) tiene grandes posibilidades de ser diputada general en Bizkaia. Si lo consigue, se convertiría en la primera Diputada General de Bizkaia.

Mientras, en Gipuzkoa las dos candidatas favoritas son Eider Mendoza (PNV) y Maddalen Iriarte (EHBildu). Una de ellas podría ser la primera Diputada General de Gipuzkoa de la historia.

Paridad en las listas

La Ley regula la paridad electoral en la composición de las candidaturas. En las elecciones municipales se ha de asegurar la presencia equilibrada de hombres y mujeres; no más del 60 % ni menos del 40 % de cada género, en tramos de 5 candidatos/as. Existe una única excepción: en los municipios con un número de residentes igual o inferior a 3.000 habitantes, no se exige ningún tipo de paridad electoral.

Por su parte, en las elecciones a Juntas Generales las candidaturas requieren una presencia equilibrada de hombres y mujeres, es decir, un 50 % de cada género en tramos de 6 candidatos.

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