SENTENCIAS SOBRE EL EUSKERA
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El Constitucional decidirá sobre los requisitos lingüísticos en el empleo público

El TSJPV ha decidido preguntar al TC si es constitucional o no que todos los puestos públicos deban tener asignado un perfil lingüístico. El auto cuenta con el voto particular de uno de los tres magistrados que opina que esta ley “no ocasiona ningún desequilibrio”. El Gobierno Vasco considera "muy grave" la decisión.

BILBAO, 24/07/2025.- Alcaldes y alcaldesas, representantes municipales y personalidades del ámbito del euskera de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, ante el TSJPV en la capital vizcaína, donde denuncian la sentencia del Tribunal Supremo sobre el uso del euskera en las instituciones locales.EFE/Luis Tejido
Protestas de alcaldes y concejales de Euskal Herria por las sentencias contra el euskera en el ámbito público.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha acordado finalmente plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional respecto del artículo 187.5 de la Ley de Empleo Público Vasco, sobre los perfiles lingüísticos en la administración. Esta decisión, contra la que no cabe recurso, cuenta con un voto particular de uno de los tres magistrados, según ha informado este martes el alto tribunal vasco.

El TSJPV se planteó elevar esta cuestión a primeros de diciembre, como paso previo a resolver los recursos interpuestos a la ley por el Partido Popular y Vox, por lo que pidió a las partes (Gobierno Vasco, PP, Vox) y a la Fiscalía que presentaran alegaciones al respecto. En ese momento, el Gobierno Vasco afirmó que no existía ningún motivo para ello, aunque la Fiscalía se mostró favorable a tomar esa decisión. Hoy, fuentes del Gobierno Vasco consultadas por EITB consideran "muy grave" la decisión del TSJPV.

El artículo que será analizado por el TC establece que "todos los puestos de trabajo existentes en las administraciones públicas vascas, sus instituciones y organismos, incluidos aquellos de naturaleza temporal o coyuntural, tendrán asignado su correspondiente perfil lingüístico, determinado según las características y necesidades comunicativas atribuidas a dichos puestos de trabajo y a las destrezas lingüísticas exigibles a dicho fin".

El TSJPV considera que este artículo condiciona la sentencia definitiva sobre los recursos planteados por Vox y PP, y estima necesario que el TC resuelva si dicho apartado de la ley se ajusta o no a la Constitución antes de resolver sobre el mismo. 

En su auto, el alto tribunal vasco precisa que la exigencia de que todos los puestos de trabajo deban contar con un perfil lingüístico asignado es un supuesto que no ha sido tratado de "forma específica" hasta el momento por el TC y considera que hay "múltiples razones que justifican" la duda constitucional. "El hecho de contar con todos los puestos con perfil lingüístico asignado, y no solo aquellos que en virtud del principio de proporcionalidad lo puedan exigir, supone un elemento objetivamente disuasorio para quienes aspiran a acceder al empleo público y son castellanohablantes", afirma el TSJPV.

Voto particular

No todos los magistrados del TSJPV están de acuerdo con esta decisión de elevar la consulta. Uno de los tres magistrados ha realizado un voto particular porque estima que el citado artículo de la Ley vasca de Empleo Público "no ocasiona desequilibrio alguno respecto al castellano". Este magistrado añade que ese precepto de la norma "está implantado en el País Vasco desde hace muchos años, y que ya fue validado por el TC respecto a la normativa catalana, aún más exigente respecto al conocimiento de la lengua cooficial en la función pública".

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